jueves, 30 de mayo de 2019

Divorcio Voluntario: Requisitos para el Trámite

Si desea comenzar el trámite de un Divorcio Voluntario, es necesario asegurarse de que cumple con las siguientes condiciones:

*Que hayan transcurrido más de 12 meses desde la celebración del matrimonio. 
*Que ambos cónyuges estén de acuerdo tanto en llevar a cabo el divorcio de mutuo acuerdo, como en las medidas que se pretenden tomar y firmar el convenio.
*Acta de matrimonio y acta de nacimiento de los hijos.
*Asistir al Juzgado de lo Familiar correspondiente a una sola audiencia, en caso de no tener hijos, o a dos audiencias si hay hijos menores de edad.

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martes, 28 de mayo de 2019

Divorcio Incausado: Documentos


Se conoce como Divorcio Incausado a la terminación de un matrimonio por voluntad de uno de los cónyuges, sin necesidad de establecer una causa en particular. 
Para iniciar el trámite de tu Divorcio Incausado, es importante que reúnas los siguientes documentos, en su versión original:

*Acta de Matrimonio
*Domicilio del demandado
*Escrituras o cartas de posesión de un bien mueble o inmueble
*Acta de nacimiento de los hijos (si los hay)

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jueves, 23 de mayo de 2019

Divorcio Voluntario Contencioso: Procedimiento


Los cónyuges deben presentar la demanda firmada por ambos y acompañada del convenio, el cual debe contener:

*Designación de la persona que tendrá guarda y custodia de los hijos.
*La forma en la que el progenitor que no tenga la guardia y la custodia de los hijos ejercerá el régimen de visitas y convivencia.
*Modo de atender necesidades de los hijos que necesiten alimento; se especifica la forma de pago y la garantía de su cumplimiento.
*Designación del cónyuge al que corresponde el uso del domicilio en que se habita antes y después del proceso.
*En su caso, determinar la casa que servirá de habitación al cónyuge y a sus hijos durante y después del procedimiento. Ambos deben notificar cualquier cambio de domicilio, incluso después de concretar el divorcio.
*Monto de la pensión alimenticia a favor del cónyuge acreedor, señalando la forma de pago y la de garantizarla.
*Manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, así como la forma de liquidarla, presentando las capitulaciones matrimoniales, el inventario, el avalúo y la forma de partición.

El juez autoriza la separación provisional durante el proceso y dicta los términos de la pensión alimenticia provisional de los hijos y el cónyuge. Asimismo, convocará a los divorciantes para dos audiencias de conciliación; ambas partes están obligadas a asistir.

En caso de no avenirse o reconciliarse, deberán ratificar su demanda de divorcio en las dos ocasiones. El juez dictará sentencia decretando el divorcio.

Los cónyuges que soliciten divorcio pueden reunirse y reconciliarse en cualquier momento durante el procedimiento, mientras que sea antes de que se decrete el divorcio. No podrán volver a solicitar el divorcio sino hasta un año después de su reconciliación.

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martes, 21 de mayo de 2019

Tipos de Divorcio Voluntario


El divorcio voluntario ocurre cuando ambas partes están de acuerdo en dar por terminado el matrimonio. Éste, a su vez, se clasifica en dos tipos:

Divorcio administrativo: Se da cuando, después de un año de matrimonio, ambas partes deciden terminarlo. Para llevarlo a cabo se requiere:

*Que ambos sean mayores de edad.
*Que hayan liquidado la sociedad conyugal.
*Que la mujer no esté embarazada.
*Que no tengan hijos en común o, si los tienen, que sean mayores de edad.
*Que ni los hijos o uno de los cónyuges necesite alimentos.

El juez del registro civil levanta un acta donde se hace constar la solicitud de divorcio y los cita a los quince días para que ratifiquen la solicitud. Tras ratificar, el juez los declara divorciados y hace la anotación correspondiente al margen del acta de matrimonio anterior.

Divorcio Voluntario Contencioso: Este caso se somete al juez de lo familiar o de lo civil. Procede cuando los cónyuges no cumplen los requisitos para solicitar el divorcio por la vía administrativa, siempre que:

-        
      *Haya pasado un año o más desde el inicio del matrimonio
*Presenten un convenio en el que se establezca lo relativo a la custodia de los hijos, los alimentos, la vivienda y la administración de los bienes.

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viernes, 17 de mayo de 2019

Trámite de Divorcio: Cláusulas del Convenio


Es importante que en el convenio para el trámite de divorcio se incluyan las siguientes cláusulas:

1.-Señalar  el domicilio de ambos cónyuges.
   
En caso de haber procreado hijos durante el matrimonio:

2.-Señalar cuál de los dos cónyuges obtendrá la custodia de los niños.
3.- Indicar la cantidad de pensión alimenticia que dará el padre no custodio y las fechas de entrega de dicho apoyo económico.
4.- Especificar los días en los que el padre no custodio podrá visitar a sus hijos.
      


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jueves, 16 de mayo de 2019

Causales de Divorcio (Parte 2)


De acuerdo al artículo 267 del Código Civil Federal, son causales de divorcio:

*La crueldad, las amenazas o las injurias graves de un cónyuge al otro.
*La negativa injustificada de los cónyuges a cumplir con las obligaciones de contribución económica para el sostenimiento del hogar.
*La acusación calumniosa de un cónyuge contra el otro, por delito que merezca pena mayor de dos años de prisión.
*Haber cometido un delito calumnioso, que amerite una pena de prisión mayor a dos años.
*Los hábitos de juego o de embriaguez o el uso indebido de drogas enervantes, cuando amenacen causar la ruina familiar.
*Cometer un cónyuge contra el otro o sus bienes, un acto que sería castigable si se tratara de persona extraña, siempre que tal acto merezca una pena mayor a un año de prisión.
*El mutuo consentimiento.
*La separación de los cónyuges por más de 2 años, independientemente del motivo.
*Violencia familiar cometida por uno de los cónyuges contra el otro o hacia los hijos.
*El incumplimiento injustificado de las determinaciones ordenadas (por una autoridad) para corregir los actos de violencia familiar, por el cónyuge obligado a ello.


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martes, 14 de mayo de 2019

Causales de Divorcio (Parte 1)


De acuerdo al artículo 267 del Código Civil Federal, son causales de divorcio:

*El adulterio probado de un cónyuge.
*Que la mujer dé a luz, durante el matrimonio, un hijo concebido antes de celebrarse este contrato, y que judicialmente sea declarado ilegítimo.
*La propuesta del marido para prostituir a su mujer.
*La incitación a la violencia hecha por un cónyuge al otro para cometer algún delito.
*Los actos inmorales ejecutados con el fin de corromper a los hijos.
*Padecer una enfermedad crónica o incurable que sea, además, contagiosa o hereditaria, y la impotencia incurable que sobrevenga después de celebrado el matrimonio.
*Padecer enajenación mental incurable.
*La separación de la casa conyugal por más de seis meses sin causa justificada.
*La separación del hogar conyugal por una causa suficiente para pedir el divorcio, si se prolonga por más de un año sin que el cónyuge que se separó entable la demanda.
*La declaración de ausencia legalmente hecha, o la de presunción de muerte.


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jueves, 9 de mayo de 2019

Datos Importantes en la Facturación en Línea

Los recibos deben ser emitidos en formato CFDI, los cuales se deben hacer por medio de un proveedor autorizado de certificación o en la página del SAT, y deberán contar con las siguientes características:

-Nombre y RFC del arrendador.
-Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR (en este caso, régimen de Arrendamiento).
-Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.
-Sello digital del contribuyente que lo expide.
-Lugar y fecha de expedición.
-Nombre y RFC del arrendatario.
-Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen. Se recomienda incluir el periodo de tiempo que comprende la renta, la dirección del bien inmueble y su número de boleta predial.
-Valor unitario consignado en número.
-Importe total señalado en número o letra.
-Señalamiento expreso cuando la prestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.
-Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
-Forma en que se realizó el pago (efectivo, tarjeta, transferencia, etc.).
-Fecha y hora de certificación.
-Número de serie del certificado digital del SAT con el que se realizó el sellado.

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martes, 7 de mayo de 2019

Primeros Pasos al Rentar un Inmueble


Si es usted el propietario de un bien inmueble, sea este un departamento, una casa, un local comercial, etc., y está pensando ponerlo en renta, es importante que considere lo siguiente:

-Regístrate: Si su inquilino le solicitó la factura, deberá inscribirse en el Registro Federal de Contribuyente (RFC) y darse de alta con la obligación de arrendamiento.

-Ya con el RFC y sus obligaciones, el arrendador deberá expedir a sus inquilinos (arrendatarios) los recibos de arrendamiento CFDI por cada cobro que haga.

-De igual manera, deberá solicitar comprobantes de los gastos que realice, los cuales se pueden deducir, siempre y cuando estén relacionados con los inmuebles que rente; para ello es necesario que solicite a sus proveedores facturas con todos los requisitos fiscales para que sean deducibles.

-Deberán presentar sus declaraciones mensuales y la anual ante el SAT y en caso de que el cálculo de los impuestos resulte en impuestos por pagar, deberá cumplir con esta obligación.


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jueves, 2 de mayo de 2019

Estipulaciones Mínimas en un Contrato de Arrendamiento


a) Nombres del arrendador y arrendatario.

b) La ubicación del inmueble.

c) Descripción detallada del inmueble, y de las instalaciones y accesorios con que cuenta, así como el estado en el que se encuentran.

d) El monto de la renta.

e) La garantía, en su caso.

f) La mención expresa del destino habitacional del inmueble arrendado.

g) El término del contrato (generalmente un año).

Se deben especificar las obligaciones que arrendador y arrendatario contraigan adicionalmente a las establecidas en la Ley, como las fechas de pago de renta, la cuota adicional por retraso, o cómo debe dejar el inmueble cuando lo desocupe, entre otros.

Además, en el contrato debes especificar en qué condiciones se encuentra el inmueble, así como el estado de ventanas, puertas, chapas, sanitario, instalación eléctrica, estudio, etc.; servicios adicionales con los que cuenta: teléfono y estacionamiento.

Cuando se haya formalizado el contrato y ambas partes estén de acuerdo con las condiciones, el dueño del inmueble se quedará con el original y entregará una copia al inquilino.

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