En este tipo de casos no existe acuerdo entre los cónyuges, pero se presentan una o varias causales para solicitar el divorcio, según lo establecido por el Código Civil.
Se puede demandar una indemnización de hasta el 50% del valor de los bienes adquiridos durante el matrimonio, siempre que:
-Estuvieran casados bajo el régimen de separación de bienes.
-El demandante se hubiera dedicado a las labores del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos.
-Durante el matrimonio el demandante no hubiera adquirido bienes propios o, de haberlo hecho, que sean notoriamente menores a los de su pareja.
-Durante el matrimonio el demandante no hubiera adquirido bienes propios o, de haberlo hecho, que sean notoriamente menores a los de su pareja.
Actualmente, nuestro Código Civil enumera hasta 20 causas de divorcio necesario en su artículo 267, entre las cuales encontramos situaciones como el adulterio, la violencia entre cónyuges o el incumplimiento de obligaciones.
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