De acuerdo al artículo
267 del Código Civil Federal, son causales de
divorcio:
*El adulterio probado de un cónyuge.
*Que la mujer dé a luz, durante el matrimonio, un hijo concebido antes de celebrarse este contrato, y que judicialmente sea declarado ilegítimo.
*La propuesta del marido para prostituir a su mujer.
*La incitación a la violencia hecha por un cónyuge al otro para cometer algún delito.
*Los actos inmorales ejecutados con el fin de corromper a los hijos.
*Padecer una enfermedad crónica o incurable que sea, además, contagiosa o hereditaria, y la impotencia incurable que sobrevenga después de celebrado el matrimonio.
*Padecer enajenación mental incurable.
*La separación de la casa conyugal por más de seis meses sin causa justificada.
*La separación del hogar conyugal por una causa suficiente para pedir el divorcio, si se prolonga por más de un año sin que el cónyuge que se separó entable la demanda.
*La declaración de ausencia legalmente hecha, o la de presunción de muerte.
*Que la mujer dé a luz, durante el matrimonio, un hijo concebido antes de celebrarse este contrato, y que judicialmente sea declarado ilegítimo.
*La propuesta del marido para prostituir a su mujer.
*La incitación a la violencia hecha por un cónyuge al otro para cometer algún delito.
*Los actos inmorales ejecutados con el fin de corromper a los hijos.
*Padecer una enfermedad crónica o incurable que sea, además, contagiosa o hereditaria, y la impotencia incurable que sobrevenga después de celebrado el matrimonio.
*Padecer enajenación mental incurable.
*La separación de la casa conyugal por más de seis meses sin causa justificada.
*La separación del hogar conyugal por una causa suficiente para pedir el divorcio, si se prolonga por más de un año sin que el cónyuge que se separó entable la demanda.
*La declaración de ausencia legalmente hecha, o la de presunción de muerte.
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