viernes, 26 de abril de 2019

Pensión Alimenticia: ¿Cómo Determinarla?


La pensión de alimentos  es un derecho irrenunciable que tienen los menores de edad, y siempre se determinará en el convenio que acompañará a la solicitud de divorcio voluntario; en ella se incluye  la comida, el vestido, la atención médica y la educación.

El Código Civil menciona que dicha pensión alimenticia se fijará conforme las necesidades que tenga el que debe de recibirla, y las posibilidades que tenga el que debe entregarla.

En el caso de Divorcio Voluntario, no existen tablas o porcentajes de pensión de alientos que señale el código civil; sin embargo, dicha pensión deberá de ser suficiente para satisfacer las necesidades de los acreedores alimentarios, es decir, de los menores de edad.

Así bien, en el divorcio voluntario, se adjuntará el convenio donde se señalará la cantidad de la pensión de alimentos, así como su modo y fechas de pago. Dicha pensión deberá ser razonable en cuanto a las necesidades de los menores para efectos de que se pueda aprobar el divorcio.

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